lunes, 13 de febrero de 2012

Pinceladas sobre la historia de la Jurisdicción de Peñaflor



El origen de estos cotos y jurisdicciones tenemos que buscarlo en la Baja Edad Media, entre los siglos IX y XI, en los cotos de las iglesias y conventos. En cuanto a las jurisdicciones de los señores, en los territorios que iban adquiriendo por herencia, donación, compra o contrato y que ellos mismos regían y administraban como autoridad propia, pues la jurisdicción lleva consigo el nombramiento de los miembros de justicia y los funcionarios municipales que convienen además de la elección de escribanos.


En 1415 poco después de la muerte de García Prego padre de Pedro Bermúdez de Montaos "O Vello" recibió como feudo del arzobispo Lope de Mendoza y por manos de su sobrino de Gómez Pérez Mariñas, "la sua casa forte de Peñaflor". Era evidente la estrecha relación basada en complejos intereses mutuos que existían entre el señor más poderoso de Galicia en aquel tiempo (el arzobispo de Compostela) y "heredeyro de Montaos", una de las "cinquo cavalarias" que deben servir " ênas fronteyras tres meses do año a suas custas". Eso va a permitir que los Bermúdez de Montaos protagonicen principalmente a partir del año 1445 en adelante su particular proceso de apropiación del poder señorial a costa del Arzobispo de Santiago, Señor al que había servido. (información obtenida de: A Consolidação de um estado nobiliárquico na Galiza da baixa Idade Média: Montaos (1355-1523)) .

En el año 1454 tenemos noticias de la concesión de una licencia por el Rey don Juan II para la reedificación de la fortaleza de Peñaflor, que el Arzobispo de Santiago mandó derribar, pero don Pedro Bermúdez de Castro acude al Rey para paralizar la orden de derribo y pide licencia para su reedificación, siendo concedida ésta por el Rey.

En el año 1472 conocemos de una escritura de trueque entre la Casa de Montaos y la casa de Sotomayor, por la cual Montaos entregaba la jurisdicción de Peñaflor a la Casa de Sotomayor y ésta a su vez le entrega la jurisdicción de Fornelos.



"Escritura de trueque y cambio que en junio de 1472 otorgaron don Pedro Álvarez de Sotomayor, Conde de Camiña, y don Fernando Bermúdez de Castro, arcediano de Neldos, dando éste a aquél la casa y fortaleza de Peñaflor con todas sus tierras, cotos y vasallos, encomendas, foros, feudos, patronatos de Iglesia y Señorío, con todo lo demás perteneciente por la casa y fortaleza de Fornelos con todas sus tierras, vasallos, cotos, feligresías y demás que poseía dicho conde de Camiña.”




El 9 de febrero de 1504 se funda un Mayorazgo a favor de don Pedro Bermúdez de Castro por su matrimonio con doña Biolante de Andrade, en el cual se incluia la jurisdicción de Peñaflor.




En el siglo XVI tenemos referencias de un pleito entre la casa de Montaos y el Arzobispado de Santiago para el control de la jurisdicción de Peñaflor, especialmente sobre quien impartiría la justicia en dicha jurisdicción.




En sentencia de 1569 le conceden la jurisdicción a la casa de Montaos, así como el nombramiento de los jueces que impartirían la justicia en la Pena de Saiáns y en las parroquias los días de fiesta.

En 1605 tiene lugar el pacto matrimonial entre doña Beatriz Bermúdez de Castro y Menchaca con el heredero de Grajal, pasando por tanto la Jurisdicción de Peñaflor a pertenecer también al condado de Grajal.

Podemos hablar de una intensa relación entre el Condado de Grajal y la jurisdicción de Peñaflor, pues entre los siglos XVI y XVII hay documentación sobre el envío de alimentos a Castilla, los cuales, debido al largo viaje tenían que sufrir algún tipo de transformación, como fue el escabechado tanto de ostras como de distintos pescados.


Existen documentos sobre el cambio de merinos y de jueces durante estos siglos en la jurisdicción de Peñaflor, así como distintos juicios y penas de cárcel.
En 1752, con el catastro del Marqués de la Ensenada, tenemos una valiosa documentación sobre las parroquias (feligresías) que conformaban la jurisdicción de Peñaflor, así como sus oficios, su economía, los cuales aparecen reflajados en los cuadros más abajo puestos.


Y ya a principio del siglo XIX, concretamente con la constitución de 1812, empieza la desaparición de las jurisdicciones, hasta que en el año 1836 surge lo que hoy conocemos como el Ayuntamiento de Moraña.

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