lunes, 13 de febrero de 2012

Mapa da Xurisdición de Peñaflor



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Mapa da Xurisdición de
Peñaflor
Con tódalas feligresías e os Cotos de Amil e Soar.


A Xurisdición de Peñaflor estaba composta por dezasete feligresías, polo Jiro de San Clemente de César, parte do porto de Carril e do lugar de Cartamil, na feligresía de San Mamed de Amil.

As feligresías son as seguintes: Santa María de Portas, San Andrés de César, San Salvador de Saiáns, Santa Cruz de Lamas, San Martín de Laxe, Santa Xusta de Moraña, San Martín de Gargantáns, San Lorenzo de Moraña, Santa María de Cosoirado, San Pedro de Rebón, San Berísimo de Barro, Santa María de Perdecanay, San Mamed de Portela, San Martín de Agudelo, Santa María de Curro, San Julián de Romay y San Andrés de Valiñas.



Lindes da Xurisdicción de Peñaflor:
Norte: Xurisdición de Baños y río Umia, Coto de San Clemente
Sur: Xuridición de Pontevedra, Xuridicción de Cambados, Coto de Arcos de la Condesa
Levante: Xuridición de Baños, Coto de Morañó, Coto de Soar, Coto de Amil, Xuridición de Cotobade
Poniente: Xuridición de Villanueva de Arosa, Xuridición de Caldas de Reyes, Coto de Cangrallo

Pinceladas sobre la historia de la Jurisdicción de Peñaflor



El origen de estos cotos y jurisdicciones tenemos que buscarlo en la Baja Edad Media, entre los siglos IX y XI, en los cotos de las iglesias y conventos. En cuanto a las jurisdicciones de los señores, en los territorios que iban adquiriendo por herencia, donación, compra o contrato y que ellos mismos regían y administraban como autoridad propia, pues la jurisdicción lleva consigo el nombramiento de los miembros de justicia y los funcionarios municipales que convienen además de la elección de escribanos.


En 1415 poco después de la muerte de García Prego padre de Pedro Bermúdez de Montaos "O Vello" recibió como feudo del arzobispo Lope de Mendoza y por manos de su sobrino de Gómez Pérez Mariñas, "la sua casa forte de Peñaflor". Era evidente la estrecha relación basada en complejos intereses mutuos que existían entre el señor más poderoso de Galicia en aquel tiempo (el arzobispo de Compostela) y "heredeyro de Montaos", una de las "cinquo cavalarias" que deben servir " ênas fronteyras tres meses do año a suas custas". Eso va a permitir que los Bermúdez de Montaos protagonicen principalmente a partir del año 1445 en adelante su particular proceso de apropiación del poder señorial a costa del Arzobispo de Santiago, Señor al que había servido. (información obtenida de: A Consolidação de um estado nobiliárquico na Galiza da baixa Idade Média: Montaos (1355-1523)) .

En el año 1454 tenemos noticias de la concesión de una licencia por el Rey don Juan II para la reedificación de la fortaleza de Peñaflor, que el Arzobispo de Santiago mandó derribar, pero don Pedro Bermúdez de Castro acude al Rey para paralizar la orden de derribo y pide licencia para su reedificación, siendo concedida ésta por el Rey.

En el año 1472 conocemos de una escritura de trueque entre la Casa de Montaos y la casa de Sotomayor, por la cual Montaos entregaba la jurisdicción de Peñaflor a la Casa de Sotomayor y ésta a su vez le entrega la jurisdicción de Fornelos.



"Escritura de trueque y cambio que en junio de 1472 otorgaron don Pedro Álvarez de Sotomayor, Conde de Camiña, y don Fernando Bermúdez de Castro, arcediano de Neldos, dando éste a aquél la casa y fortaleza de Peñaflor con todas sus tierras, cotos y vasallos, encomendas, foros, feudos, patronatos de Iglesia y Señorío, con todo lo demás perteneciente por la casa y fortaleza de Fornelos con todas sus tierras, vasallos, cotos, feligresías y demás que poseía dicho conde de Camiña.”




El 9 de febrero de 1504 se funda un Mayorazgo a favor de don Pedro Bermúdez de Castro por su matrimonio con doña Biolante de Andrade, en el cual se incluia la jurisdicción de Peñaflor.




En el siglo XVI tenemos referencias de un pleito entre la casa de Montaos y el Arzobispado de Santiago para el control de la jurisdicción de Peñaflor, especialmente sobre quien impartiría la justicia en dicha jurisdicción.




En sentencia de 1569 le conceden la jurisdicción a la casa de Montaos, así como el nombramiento de los jueces que impartirían la justicia en la Pena de Saiáns y en las parroquias los días de fiesta.

En 1605 tiene lugar el pacto matrimonial entre doña Beatriz Bermúdez de Castro y Menchaca con el heredero de Grajal, pasando por tanto la Jurisdicción de Peñaflor a pertenecer también al condado de Grajal.

Podemos hablar de una intensa relación entre el Condado de Grajal y la jurisdicción de Peñaflor, pues entre los siglos XVI y XVII hay documentación sobre el envío de alimentos a Castilla, los cuales, debido al largo viaje tenían que sufrir algún tipo de transformación, como fue el escabechado tanto de ostras como de distintos pescados.


Existen documentos sobre el cambio de merinos y de jueces durante estos siglos en la jurisdicción de Peñaflor, así como distintos juicios y penas de cárcel.
En 1752, con el catastro del Marqués de la Ensenada, tenemos una valiosa documentación sobre las parroquias (feligresías) que conformaban la jurisdicción de Peñaflor, así como sus oficios, su economía, los cuales aparecen reflajados en los cuadros más abajo puestos.


Y ya a principio del siglo XIX, concretamente con la constitución de 1812, empieza la desaparición de las jurisdicciones, hasta que en el año 1836 surge lo que hoy conocemos como el Ayuntamiento de Moraña.

Señores de la Jurisdicción de Peñaflor


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Cadro económico de Peñaflor 1752




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Cadro económico de Peñaflor no 1752.

Oficios de Peñaflor año 1752

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Oficios de los habitantes de Peñaflor en el año 1752
según el catastro del Marqués de la Ensenada.
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La Fortaleza de Peñaflor



Tan sólo los titulares de las jurisdicciones tenían potestad para la construcción de las fortalezas. El incumplimiento de esta norma era castigado con su derrumbe y otras penas.

En todo caso, su construcción estaba estrechamente relacionada con su situación geográfica, la evolución del armamento y con las tácticas militares.

Por lo general estas fortalezas carecían de comodidades. Constaban de torreones, solían estar construidos con gruesos muros, los pisos de las torres solían ser de madera sobre vigas o arcos apuntados, aunque en ocasiones presentaban abovedamientos en el último cuerpo para la prevención de los incendios. A consecuencia de la feudalización proliferó la edificación de las fortalezas.

Las denominadas “casas fuertes” se componían de una torre de varios pisos sin abovedar a la que se le pegaban almacenes, viviendas, etc... La torre era su elemento definidor, que podía ser utilizada con fines militares, si bien su carácter esencial era el de vivienda.

En el siglo XVI con la “Revuelta Irmandiña” se derribaron gran cantidad de fortalezas gallegas por lo que ellos consideraban nidos de malhechores desde los cuales se cometían todo tipo de abusos contra los burgueses y campesinos. Esto fue aprovechado para mejorar, ampliar y actualizar las viejas fortalezas.

Tras la revisión de distinta documentación de los siglos XV a XIX encontramos sutiles referencias a una fortaleza o “casa fuerte” de Peñaflor. No encontrando ningún documento que contenga planos o dibujos de esta fortaleza, pero sí tenemos referencias a la misma, como la que podemos encontrar en el “foro que otorgó D. Francisco Álvarez de Vega Bermúdez de Castro, Conde de Grajal y Marqués de Montaos, a favor de Alonso Fresco, vecino de la feligresía de San Andrés de César, del molino y huerta que están junto a la FORTALEZA DE PEÑAFLOR, sitos en dicha feligresía.” (AHUS. Foros. Archivos personales y familiares. 1651). En el mismo nos indica que la fortaleza de Peñaflor se encuentra en la feligresía de San Andrés de César. Además podemos deducir que la misma está situada al margen de un río, pues junto con la fortaleza se da en foro un molino que está junto a la misma.

Asimismo tenemos referencias de que en esta misma fortaleza se cumplían penas de cárcel. Un ejemplo de ello lo tenemos en la escritura de petición de María Gómez, mujer de Juan de Piñeiro, preso en la Jurisdicción de Peñaflor, a la justicia, para que el escribano de causa le de traslado de los autos, para apelar en nombre de su marido a la injusta prisión” (AHUS. Registro de Escrituras: Protocolos 1588).

Del año 1454 existe un documento por el cual el rey Juan de Castilla otorga licencia para la reedificación de la fortaleza de Peñaflor.

Con todos estos datos, podemos llegar a la conclusión de que en Peñaflor existía una fortaleza en la feligresías de San Andrés de César. Su ubicación exacta la encontramos en un minucioso trabajo de investigación realizado por don José Casal Porto titulado “Castelo e Fortaleza de Peñaflor”.



CRISTÓBAL COLÓN Y PEÑAFLOR

En base a la teoría que sentó Celso de la Riega en el siglo XIX, historiador que defendió el origen gallego del navegante, una suposición que década a década ha ganado defensores y argumentos: aluden especialmente a "sus escritos plagados de giros en gallego", su exhaustivo conocimiento de la ría de Pontevedra o al hecho de que el que fue primer obispo de Santo Domingo y amigo personal de Colón lo situase en Galicia antes del primer viaje, así como otras investigaciones realizadas por don Rodrigo Cota (autor de la obra "Colón, Pontevedra, Caminha") han añadido en los últimos años esta nueva posibilidad basándose en no menos sospechosas coincidencias: ambos personajes llaman igual a sus hijos, el cardenal Mendoza, protector de Pedro Madruga, lo fue también de Colón y el cronista Francesillo de Zúñiga menciona ya en el siglo XVI a Diego de Soutomaior (hijo de Pedro Madruga), como hijo de Colón.
Otro defensor de esta teoría es don Alfonso Philippot.
Una nueva aportación a esta teoría nos la trae doña Teresa Torres, como perito calígrafo, que demostró con gráficos y superposiciones de escrituras como las formas de las letras son muy similares en ambos personajes.
Teniendo en cuenta esta teoría, podemos llegar a la conclusión de que Pedro Madruga y Cristóbal Colón eran la misma persona.

En el Archivo Históríco de la Universidad de Compostela se encuentra una escritura de trueque entre Pedro Madruga, Conde de Camiña, y don Fernando Bermúdez de Castro, Marqués de Montaos del año 1472, en virtud de la cual el primero cede al segundo la fortaleza de Fornelos con todas sus tierras y vasallos a cambio de la fortaleza de Peñaflor, con todas sus tierras y vasallos.
Teniendo en cuenta todos estos datos llegamos a la conclusión que la Jurisdicción de Peñaflor perteneció en su día a don Pedro Álvarez de Sotomayor -Pedro Madruga-, quien según la teoría anteriormente expuesta es CRISTÓBAL COLÓN, propietario de las tierras de Peñaflor. Si bien es cierto que este trueque fue por razones políticas, debido a las revueltas Irmandiñas.